Definición legal de Mudanza

Por primera vez, en la historia legislativa española e internacional se regula el contrato de mudanza.  La  LCT, en sus artículos 71 a 77 recoge una regulación específica de este contrato y reconoce su especificidad atendiendo por un lado a que el cargador habitual de este tipo de transporte tiene la consideración de consumidor y por otro a las operaciones  accesorias al transporte que es necesario realizar.  Por el contrato de mudanza el porteador se obliga a transportar mobiliario, ajuar doméstico, enseres y sus complementos procedentes o con destino a viviendas, locales de negocios o centros de trabajo, además de realizar las operaciones de carga, descarga y traslado de los objetos a transportar desde donde se encuentren hasta situarlos en la vivienda, local o centro de trabajo en destino.

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